Decreto
Decreto 218 de 2026
por el cual se modifican el parágrafo 2° del artículo 85, y el artículo 88 del Decreto número 1165 de 2019.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a los artículos 1° y 2° de la Ley 7ª de 1991 y en desarrollo de lo dispuesto en los artículos 1° y 2° de la Ley 1609 de 2013 y oído el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y
- Germán Ávila PlazasEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Diana Marcela Morales RojasLa Ministra de Comercio, Industria y turismo