Ley · OrdinariaVigente
Ley 187 de 1995
Ley 187 De 1995
por la cual se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transporte o Ministerio del Transporte para que en nombre y representación de la Nación, efectúe los traspasos de bienes inmuebles de propiedad de la liquidada empresa de Ferrocarriles Nacionales de Colombia en Liquidación, que a la fecha figuren a su nombre o del extinto Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales y los traspasos de bienes inmuebles de propiedad de la empresa Puertos de Colombia, Terminal Marítimo de Buenaventura en Liquidación.
6artículos
0normas que modifica
0veces modificada
0sentencias
01
Articulado
6 artículos
02
Firmas
quiénes sancionaron la ley
Congreso de la República
- Juan Guillermo Angel MejíaEl Presidente del honorable Senado de la República
- Pedro Pumarejo VegaEl Secretario General del honorable Senado de la República
- Alvaro Benedetti VargasEl Presidente de la honorable Cámara de Representantes
- Diego Vivas TovarEl Secretario de la honorable Cámara de Representantes