DecretoDerogado
Decreto 2652 de 1981
Por el cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de Aduanas
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Se Establece Como Nota Adicional 1 Del Capitulo 15 Del Arancel De Aduanas La Siguiente: Las Posiciones Del Arancel Que Se Citan A Continuación Tendrán Un Gravamen Ad Valorem Del 40% Cuando Se Trate De Aceites Y Grasas Comestibles: 152A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto No Se Utilizarán Precios Mínimos Oficiales Para El Cálculo De Los Derechos Arancelarios Con Base En Los Nuevos Gravámenes Fijados A Las Posiciones Señaladas En El Artículo 1º De Este Decreto3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03