DecretoVigente
Decreto 1157 de 1950
Por el cual se reglamentan los exámenes de competencia para el ascenso a Capitanes de los Tenientes de Intendencia
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Exámenes Para Ascenso De Teniente A Capitán De Intendencia Mientras No Funcione La Escuela De Aplicación De Dicho Servicio Se Efectuarán A Base De Tesis Que La Dirección General Del Ejercito Remitirá A Los Respectivos Comandos De Brigada, Bajo Sobre De Carácter Confidencial, Que Solamente Podrá Ser Abierto Por El Propio Comandante De Brigada O Por La Junta Calificadora, En Presencia De Los Aspirantes2Los Exámenes Se Efectuarán En Los Comandos De Brigada Que La Dirección General Del Ejército Designe3Los Temas Serán Calificados Por Cada Uno De Los Miembros De La Junta Correspondiente, En Pliego Aparte, El Cual Se Entregará En Sobre Sellado Y Confidencial, Al Comandante De La Brigada4Las Calificaciones Serán De 1 A 10, Y El Examen Se Considera Aprobado Cuando El Oficial Obtenga, En Cada Una De Las Materias, Nota No Inferior A 65El Oficial Solamente Podrá Ser Llamado A Segundo Examen, Seis (6) Meses Después De Verificada La Primera Prueba6El Departamento De Personal Queda En La Obligación De Comunicar Al Interesado Los Resultados Obtenidos, A Más Tardar En Un Mes Después De Haberse Verificado El Examen7Los Exámenes Versarán Sobre Las Siguientes Materias: I8Los Programas Detallados De Las Materias De Examen Que Prescribe El Artículo Anterior Serán Determinados Por Disposición Del Estado Mayor General
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