DecretoVigente
Decreto 3980 de 2004
por el cual se determinan los Aranceles Intracuota, Extracuota y los Contingentes Anuales para la importación de maíz amarillo, maíz blanco, fríjol soya y fibra de algodón en desarrollo del Mecanismo Público de Administración de Contingentes Agropecuarios (MAC) para 2005.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Contingentes Anuales : Establecer Contingentes Anuales Para La Importación De Maíz Amarillo, Maíz Blanco, Fríjol Soya Y Fibra De Algodón Originarios Y Procedentes De Países Distintos De Los Miembros De La Comunidad Andina, Tal Como Se Indica A Continuación: 12Aranceles Intracuota: Los Productos Relacionados En El Artículo 1° Del Presente Decreto Ingresarán Al Territorio Aduanero Nacional Con El Pago De Los Aranceles Intracuota Que Se Relacionan A Continuación: 13Vigencia4Arancel Extracuota5Preferencias Arancelarias6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971, 7ª de 1991 y 101 de 1993 y el Decreto número 430 de 2004, oído el concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior y del Consejo Superior de Política Fiscal, y
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Carlos Gustavo Cano SanzEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
- Jorge Humberto BoteroEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo