DecretoDerogado
Decreto 451 de 1911
por el cual se reglamentan las disposiciones del artículo 1217 del Código Fiscal y el artículo 4° de la Ley 86 de 1890.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Que Los Empleados Que Se Hallen En El Caso De Que Tratan La Última Parte Del Artículo 1217 Del Código Fiscal Y El Artículo 42° Para Los Efectos De La Comprobación De Que Trata El Artículo Anterior, El Juramento De Los Médicos Será Tomado Á Petición Del Interesado, Por El Juez Del Municipio En Que Residan Aquellos3° La Solicitud Sobre El Reconocimiento Y Pago Del Medio Sueldo Se Elevará, Por Conducto Del Jefe De La Oficina En Que Sirva Ó Haya Servido El Peticionario, Al Ministro Del Ramo Á Que Corresponda Esa Oficina, Y Á Dicha Solicitud Se Acompañar En Las Diligencias Comprobatorias Á Que Se Refieren Los Artículos Anteriores4° El Jefe De La Oficina Mencionada, Al Remitir La Solicitud Documentada Al Ministro Del Ramo, Informa Á Éste Sobre La Realidad De Los Hechos En Que La Solicitud Se Funde
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