Micelio

Artículo 2

° Para Los Efectos De La Comprobación De Que Trata El Artículo Anterior, El Juramento De Los Médicos Será Tomado Á Petición Del Interesado, Por El Juez Del Municipio En Que Residan Aquellos

Decreto 451 de 1911 · por el cual se reglamentan las disposiciones del artículo 1217 del Código Fiscal y el artículo 4° de la Ley 86 de 1890.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos de la comprobación de que trata el artículo anterior, el juramento de los médicos será tomado á petición del interesado, por el Juez del Municipio en que residan aquellos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 451 de 1911