DecretoVigente
Decreto 3030 de 1985
Por el cual se crea la Comisión de Paz, Diálogo y Verificación.
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Créase La Comisión De Paz, Diálogo Y Verificación Encargada De Cumplir Las Funciones Asignadas A Las Actuales Comisiones De Paz, Negociación Y Diálogo Y Verificación2º La Comisión A Que Se Refiere El Artículo Anterior Estará Integrada Por Las Siguientes Personas: Doctor Carlos Jiménez Gómez, Procurador General De La Nación3º La Comisión Podrá Invitar A Sus Deliberaciones Con Carácter Permanente O Temporal, A Otros Voceros De Los Partidos O De Los Gremios, A Funcionarios Públicos Y A Las Demás Personas Que Considere Del Caso Oír Para El Mejor Cumplimiento De Sus Funciones4º El Director Nacional De Instrucción Criminal Prestará A La Comisión La Colaboración Que Ésta Requiera Para El Adecuado Ejercicio De Sus Tareas Y Podrá Asistir A Las Deliberaciones En Forma Temporal O Permanente, A Juicio De La Comisión5º Hará Las Veces De Secretario Ejecutivo De La Comisión Y Veedor De La Paz, El Doctor Y Mayor (R) Alirio Caicedo Gutiérrez6º Mientras La Comisión De Paz, Diálogo Y Verificación No Decida Otra Cosa, Continuarán Operando Las Comisiones Creadas Para Algunos Departamentos, Intendencias Y Comisarías7º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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