DecretoVigencia En Estudio
Decreto 37 de 1957
Por el cual se crea la Corporación Autónoma de Tumaco y Colonización del Mira
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase Como Persona Jurídica Autónoma, Domiciliada En Tumaco, Con Capital Y Patrimonio Independientes, La Corporación Autónoma De Tumaco Y Colonización Del Mira, Con El Objeto De Incrementar La Colonización Y Desarrollo Agrícola Y Pecuario De La Región2Esta Corporación Tendrá Una Junta Directiva Formada Por El Ministro De Agricultura, O Su Representante, Quien La Presidirá; El Gobernador Del Departamento De Nariño, O Su Representante; El Gerente De La Caja Agraria, O Su Representante, Y Dos Delegados Nombrados Por El Presidente De La República3El Capital De La Corporación Será De Diez Millones De Pesos ($ 104Los Estatutos De La Corporación Deberán Ser Fijados Y Aprobados Por El Gobierno Nacional5Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarías
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- José Enrique Arboleda ValenciaEl Ministro de Gobierno
- José Manuel Rivas SacconiEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Carlos GiraldoEl Ministro de Justicia
- Luis Morales GómezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mayor General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Jesús María AriasEl Ministro de Agricultura
- Carlos Arturo Torres PovedaEl Ministro del Trabajo
- Carlos Márquez VillegasEl Ministro de Salud Pública
- Teniente Coronel Mariano Ospina NaviaEl Ministro de Fomento
- Francisco Puyana MenéndezEl Ministro de Minas y Petróleos
- Josefina Valencia De HubachEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Contraalmirante Rubén PiedrahitaEl Ministro Obras Públicas