° Esta Corporación tendrá una Junta Directiva formada por el Ministro de Agricultura, o su representante, quien la presidirá; el Gobernador del Departamento de Nariño, o su representante; el Gerente de la Caja Agraria, o su representante, y dos delegados nombrados por el Presidente de la República. El Gerente será designado por la Junta Directiva.
Decreto 37 de 1957 →Vigente
Artículo 2
Esta Corporación Tendrá Una Junta Directiva Formada Por El Ministro De Agricultura, O Su Representante, Quien La Presidirá; El Gobernador Del Departamento De Nariño, O Su Representante; El Gerente De La Caja Agraria, O Su Representante, Y Dos Delegados Nombrados Por El Presidente De La República
Decreto 37 de 1957 · Por el cual se crea la Corporación Autónoma de Tumaco y Colonización del Mira
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.