Micelio

Artículo 2

Esta Corporación Tendrá Una Junta Directiva Formada Por El Ministro De Agricultura, O Su Representante, Quien La Presidirá; El Gobernador Del Departamento De Nariño, O Su Representante; El Gerente De La Caja Agraria, O Su Representante, Y Dos Delegados Nombrados Por El Presidente De La República

Decreto 37 de 1957 · Por el cual se crea la Corporación Autónoma de Tumaco y Colonización del Mira

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Esta Corporación tendrá una Junta Directiva formada por el Ministro de Agricultura, o su representante, quien la presidirá; el Gobernador del Departamento de Nariño, o su representante; el Gerente de la Caja Agraria, o su representante, y dos delegados nombrados por el Presidente de la República. El Gerente será designado por la Junta Directiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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