DecretoVigente
Decreto 359 de 1959
Por el cual se crean las zonas de Carreteras Nacionales de Barbosa y Riohacha en el Ministerio de Obras Públicas. - Ramo de Carreteras Nacional
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del Quince (15) De Febrero De 1959, Créanse Las Zonas De Carreteras Nacionales De Barbosa Y Ríohacha, Las Cuales Se Encargarán De La Conservación, Adiciones Y Mejoras De Las Carreteras Que Se Enumeran A Continuación: Zona De Barbosa2Para Administrar Las Zonas De Carreteras Nacionales De Barbosa Y Riohacha, Créanse Los Siguientes Cargos En Cada Una De Estas Zonas, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Detallan A Continuación: Dirección3Los Gastos Que Demande La Creación De La Zonas De Carreteras Nacionales De Barbosa Y Riohacha, Se Cubrirán Con Cargo Al Capítulo 581, Artículo 5847 Del Presupuesto Vigente4Adscríbese A La Zona De Carreteras Nacionales De Ríohacha El Mantenimiento Del Muelle Nacional De Cabotaje Del Puerto De Ríohacha
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