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Artículo 2

Para Administrar Las Zonas De Carreteras Nacionales De Barbosa Y Riohacha, Créanse Los Siguientes Cargos En Cada Una De Estas Zonas, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Detallan A Continuación: Dirección

Decreto 359 de 1959 · Por el cual se crean las zonas de Carreteras Nacionales de Barbosa y Riohacha en el Ministerio de Obras Públicas. - Ramo de Carreteras Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para administrar las Zonas de Carreteras Nacionales de Barbosa y Riohacha, créanse los siguientes cargos en cada una de estas Zonas, con las asignaciones mensuales que se detallan a continuación: Dirección. 1 Ingeniero Jefe, $ 1.800.00. 1 Ingeniero Ayudante, $1.600.00. 1 Ingeniero de suelos y Drenajes $1.600.00. 1 Mecanógrafo III, $375.00. Caja. 1 cajero IV (Pagador), $700.00. Almacén. 1 Almacenista III. (General), $720.00. 1 Contador I (de Almacén), $560.00. 1 almacenista II (de Repuestos), $440.00. 1 Cotizador II (Proveedor), $380.00. 1 Mecanógrafo III, $325.00. Contabilidad y Estadística. 1 Contador I (General), $720.00. 1 Oficinista III (Oficial de Personal), $400.00. 1 Mecanógrafo III, $325.00. Sanidad. 1 Médico II, $1.050.00. 1 Farmacéutico I (Enfermero), $500.00. 1 Enfermero I, $380.00. 1 Enfermero I, $380.00.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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