DecretoVigente
Decreto 2373 de 1936
Por el cual se reglamenta la actuación del Tribunal Supremo de Aduanas
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Formará Quórum, Para Los Efectos De Adoptar Cualquier Decisión De Las Que El Tribunal Supremo De Aduanas Tiene Autorización Por La Ley, La Concurrencia De Tres De Sus Miembros2Las Decisiones O Resoluciones Del Tribunal Supremo De Aduanas Se Adoptarán Por Mayoría Absoluta De Votos3Fijase El Período Del Presidente Del Tribunal Supremo De Aduanas Del 1º De Enero Al 30 De Junio Y Del 1º De Julio Al 31 De Diciembre De Cada Año4En Caso De Enfermedad, Ausencia O Que Por Cualquier Causa El Presidente Del Tribunal No Pudiere Actuar, Lo Reemplazará Aquel De Los Jueces Cuyo Nombramiento Fuere Más Antiguo5En La Primera Reunión Que Celebre El Tribunal Supremo De Aduanas Después De La Fecha Del Presente Decreto, Los Magistrados Asistentes A La Misma Harán Una Lista Hasta De Diez Personas, Las Que, En Su Orden, Servirán Como Conjueces Para El Caso De Que En Un Asunto Determinado Se Halle Impedido Para Actuar O Decidir Uno De Los Jueces Que Forman El Tribunal6El Presidente Del Tribunal Llevará La Representación Del Mismo Y Autorizará Con Su Firma Las Comunicaciones Que Debe Dirigir Por Cualquier Motivo A Nombre Del Tribunal7Este Decreto Regirá Desde Su Fecha
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