DecretoVigente
Decreto 1831 de 1973
Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 1208 de 1973
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Señálase En Cien Pesos ($1002Al Vencimiento De Los Seis Meses, De Inactividad Que Señala La Ley, Los Bancos Tienen La Obligación De Efectuar El Traspaso Automático De Los Depósitos Mencionados3El Término De Seis Meses A Que Se Refiere El Decreto 1208 De 1973, Empezará A Contarse El Día 26 De Junio Del Mismo Año, Fecha En Que Empezó A Regir El Citado Decreto4La Superintendencia Bancaria Vigilará El Cumplimiento Estricto De Lo Aquí Dispuesto5Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición