Micelio

Artículo 3

El Término De Seis Meses A Que Se Refiere El Decreto 1208 De 1973, Empezará A Contarse El Día 26 De Junio Del Mismo Año, Fecha En Que Empezó A Regir El Citado Decreto

Decreto 1831 de 1973 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 1208 de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El término de seis meses a que se refiere el Decreto 1208 de 1973, empezará a contarse el día 26 de junio del mismo año, fecha en que empezó a regir el citado decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1831 de 1973