Micelio

Artículo 2

Al Vencimiento De Los Seis Meses, De Inactividad Que Señala La Ley, Los Bancos Tienen La Obligación De Efectuar El Traspaso Automático De Los Depósitos Mencionados

Decreto 1831 de 1973 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 1208 de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Al vencimiento de los seis meses, de inactividad que señala la ley, los bancos tienen la obligación de efectuar el traspaso automático de los depósitos mencionados. Para tal efecto, el Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia comunicará a las casas principales de los bancos nacionales y extranjeros la cuenta bancaria donde deben hacerse las consignaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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