DecretoVigente
Decreto 2910 de 1955
Por el cual se confiere una autorización al Municipio de Ríosucio (Caldas)
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase Al Municipio De Ríosucio (Caldas), Para Que Proceda A Enajenar Los Bienes Que A Continuación Se Enumeran: A) Un Lote De Terreno Constante De 52Las Enajenaciones Que Se Autorizan Según El Artículo Anterior, No Requerirán Pública Subasta, Siempre Que Los Compradores Sean La Nación Y La Federación Nacional De Cafeteros3El Producto De Las Enajenaciones A Que Se Refiere El Presente Decreto, Será Destinado A La Construcción De Una Plaza De Ferias Y A La Pavimentación De La Misma Ciudad4Este Decreto Rige Desde Su Fecha De Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Caro EscallónEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JEl Ministro de Agricultura
- Cástor Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Manuel Archila MonroyEl Ministro de Fomento
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Minas y Petróleos
- Gabriel Betancur MejíaEl Ministro de Educación Nacional
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Comunicaciones
- Contraalmirante Rubén Piedrahita AEl Ministro de Obras Públicas