DecretoVigente
Decreto 1943 de 1980
Por el cual se reducen temporalmente los gravámenes de algunas posiciones del Arancel de Aduanas y se dictan otras disposiciones
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establéese Y Prorrogase El Gravamen Del 5% Ad Valorem Hasta El 30 De, Junio De 1981 Para Algunas Posiciones Del Arancel De Aduanas Que A Continuación Se Detallan: Posición Gravamen 842Además De Las Anteriores Posiciones Pagarán También En 5% Ad Valorem Hasta El 30 De Junio De 1981, Las Siguientes1 843Establécese De Manera Permanente, Los Siguientes Gravámenes Para Las Posiciones Del Arancel De Aduanas Que A Continuación Se Detallan: P0sición Gravamen 824Desdoblase De Manera Penamente La Posición 855Derógase Los Artículo 1° Y 2°del Decreto 2622 De 1978, En Lo Referente Al Gravamen De Las6El Presente Decreto Rige A Partir Del 1' De Julio De 1980
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