DecretoVigente
Decreto 2863 de 1989
por el cual se consagra la posibilidad de reubicar a funcionarios del Ministerio de Educación Nacional en cargos docentes y directivos docentes nacionales.
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Mientras Se Cumplen Los Plazos De Entrega De Las Funciones Asignadas En El Artículo 9º De La Ley 29 De 1989, En Los Términos Señalados En El Artículo Primero Del Decreto 1915 Del 25 De Agosto De 1989, El Ministro De Educación Nacional Podrá Reubicar En Los Cargos Docentes Y Directivos Docentes Nacionales Vacantes Que Continúen Dependiendo Del Ministerio De Educación Nacional, A Los Funcionarios Administrativos Con Título Docente Y/O Escalafón Docente De Este Ministerio Que Así Lo Soliciten2º La Reubicación De Que Trata El Artículo Anterior No Estaría Sometida Ni Al Concurso Ni Al Orden De Prioridades De Que Tratan Los Artículos 14 Y 17 Del Decreto 1706 De 1989, Respectivamente, Ni A La Aplicación De Lo Dispuesto Por El Artículo 4º Del Decreto 1915 De 1989; Lo Que Consagra Esta Disposición Sobre La Vigencia De Los Listados De Elegibles, Continuará Aplicándose A Los Demás Nombramientos En Cargos Docentes Y Directivos Docentes3º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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