DecretoVigente
Decreto 2844 de 2011
por el cual se modifican los artículos 3° y 4° del Decreto 1656 de 2011 de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Bucaramanga.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifíquense Los Artículos 3° Y 4° Del Decreto 1656 Del 23 De Mayo De 2011, El Cual Quedará Así: " Artículo 3°2El Nuevo Directivo Nombrado, Deberá Posesionarse Ante La Junta Directiva De La Respectiva Cámara De Comercio3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica Los Artículos 3° Y 4° Del Decreto 1656 Del 23 De Mayo De 2011
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, artículo 80 del Decreto-ley 410 de 1971 y el Decreto 898 de 2002
- Sergio Díaz Granados GuidaEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo