DecretoVigente
Decreto 2514 de 1973
Por el cual se establecen los modelos de hoja de liquidaci?n de servicios para el reconocimiento de prestaciones sociales en el ministerio de defensa y en la polic?a nacional
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Hoja De Servicios De Oficiales, Suboficiales Y Las Fuerzas Militares Y Oficiales, Suboficiales Y Agentes De La Policía Nacional, Contendrá Tres Aspectos Esenciales: A) Datos Sobre Fuerza Y Última Dependencia Militar O De Policía, Causal De Retiro O Separación Absoluta2Con Fundamento En Las Pruebas Que Reposen En La Hoja De Vida, Tarjeta De Kárdex, Constancias De Servicios Expedidas Por El Archivo General Del Ministerio De Defensa O De La Policía Nacional Y Demás Documentos Pertinentes, Se Elaborará La Hoja De Servicios En Original Y Copia, Utilizando El Papel Sellado Que Allegue El Titular Del Derecho A Asignación De Retiro3Se Incluirán Los Datos De Fuerza Militar O Policía Nacional; Última Unidad O Dependencia Militar O De Policía A Que Haya Pertenecido; La Causal De Retiro O Separación Absoluta Y Los Siguientes Datos Personales: A) Grado, Apellidos Y Nombres4Para Relacionar Los Servicios, Se Utilizarán Cuatro (4) Casillas Tituladas, Así: Novedad Disposicion Fechas Tiempo Número Y Año De A A5La Liquidación De Servicios, Se Elaborará En Papel Membreteado, En Original Y Copia Con Las Mismas Características Y Elementos Sinópticos De La Hoja De Servicios, Excluyendo La Formalidad De Aprobación Y Las Diferencias Que La Misma Ley Ha Señalado, En Cuanto A Novedades, Escala De Categorías, Promociones, Cómputos De Tiempo, Continuidad O Solución De Ella, Servicios Prestados Por El Personal Civil En Otras Entidades Oficiales6Al Diligenciar Las Columnas De Tiempos Dobles, Se Pueden Presentar Las Siguientes Modalidades: A7Para Acreditar Tiempos Da Servicio, Solamente Se Admitirá Prueba Supletoria, Expedida En Forma Legal, Cuando En Los Archivos Oficiales No Existan Planillas, Nóminas O Relaciones De Pago U Otros Documentos Similares De La Época Y Así Se Exprese En La Constancia8El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03