DecretoVigente
Decreto 1900 de 1955
Por el cual se aprueba la Resolución número 32 del mismo año, de la oficina de registro de cambios
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 11A Partir De La Fecha De La Presente Resolución, Solamente Se Autorizarán Giros Para El Pago De Tratamientos Médicos O Quirúrgicos En El Exterior, Cuando Los Interesados Comprueben Que Tales Tratamientos No Pueden Hacerse En El País2La Cuantía Máxima De Las Remesas Destinadas Al Pago De Los Tratamientos De Que Trata El Artículo Anterior, Será De Us$ 13Esta Resolución Regirá A Partir De La Fecha De Su Aprobación Por El Gobierno Nacional, Y En Sus Términos Quedan Derogadas Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03