Micelio
DecretoDerogado

Decreto 1605 de 1974

Por el cual se aprueba la Planta de Personal del Fondo Rotatorio de la Armada Nacional

11artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1O Apruébase El Acuerdo Número 23 Del 12 De Julio De 1974 Emanada De La Junta Directiva Del Pondo Rotatorio De La Armada Nacional Y Cuyo Texto Es El Siguiente: »acuerdo Número 23 De 1974 (Julio 12) Por La Cual Se Determina La Planta De Persona) Del Fondo Rotatorio De La Armada Nacional1O Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias Del Pondo Rotatorio De La Armada Nacional, Serán Cumplidas Por La Planta, De Personal Que A Continuación Se Establece:2O Los Sueldos Señalados En Este Acuerdo Co--Responden A Empleos De Carácter Permanente Y De Tiempo Completo3O El Tiempo Para El Reconocimiento De La Prima :le Antigüedad Comenzará A Contarse A Partir Del 8 De Abril 3e 1974 Para Los Empleados Que Estando Al Servicio Del Pondo Rotatorio De La Armada Nacional En Dicha Fecha, Sean Incorporados A La Planta De Personal Que Se Establece Por El Presente Acuerdo4El Gerente General Del Pondo Rotatorio De A Armada Nacional Tendrá Derecho A Gastos De Represen-: Acción En Una Cuantía Equivalente A La Tercera Parte Del Sueldo Que Le Corresponde Según Lo Establecido En El Artículo L Del Presente Acuerdo5La Autoridad Nominadora6Si Por Razón De La Incorporación, Un Funcionario No Obtuviere Un Incremento En La Remuneración Actual Del 8°; Si El Cargo Pertenece A Los Niveles Auxiliar O Asistencial Y Del 4'í Si Perteneciere A Los Niveles Técnico O Ejecutivo, Tendrá Derecho A La Remuneración Que Viene Percibiendo, Incrementada En Lo Que Falta Para Completar Estos Porcentajes7El Presente Acuerdo Para Su Validez Requiere La Aprobación Mediante Decreto Del Gobierno Nacional El Que Llevará Las Firmas Del Ministro De Defensa Nacional, La Del Ministro De Hacienda Y Crédito' Público Y El Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil8El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Al Tenor Del Artículo 19 Del Decreto-Ley 588 De 1974, Surte Efectos Fiscales A Partir Del L9 De Enero De 1974 Para Los Empleados Que En Dicha Fecha Estuvieren Prestando Sus Servicios Al Pondo Rotatorio De La Armada Nacional Y Para Quienes Hubieren Ingresado Con Posterioridad A Eüa, A Partir De La Fecha De Su Posesión9El Presente Acuerdo Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias2O El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Surve Efectos Fiscales Con Fecha 1° De Enero De 1974 Y Deroga, Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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Firmas