DecretoVigente
Decreto 1878 de 1952
Por el cual se destina un bien inmueble de propiedad de la Nación, al servicio del Ministerio de Guerra
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Destínase Para El Servicio Del Ministerio De Guerra, Escuela De Artillería, Una Parte De La Finca De Propiedad Nacional Denominada "la Picota", En Una Superficie De Cincuenta Y Nueve (59) Fanegadas, Nueve Mil Quinientas (92La Otra Parte Que Torma La Mencionada Finca Y Que Tiene Una Superficie De Ciento Sesenta (160) Fanegadas, Aproximadamente, Tendrá Por La Que Se Destina A La Artillería, Las Vías De Acceso Necesarias3Los Ministerios De Agricultura Y Educación Nacional, Procederán A Hacer Entrega Al Ministerio De Guerra Del Predio A Que Se Refiere El Artículo 1° De Este Decreto, Sentando El Acta Correspondiente4Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03