DecretoVigente
Decreto 1030 de 1959
Por el cual se crea el Comité Nacional de Meteorología e Hidrología y se determinan sus funciones
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Comité Nacional De Meteorología E Hidrología Integrado Por Sendos Delegados Con Sus Respectivos Suplentes, De Cada Una De Las Siguientes Entidades: 12El Comité Nacional De Meteorología E Hidrología Creado Por El Presente Decreto, Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Funciones: A) Efectuar El Planeamiento Del Servicio Nacional De Meteorología E Hidrología De Que Trata El Artículo Tercero De La Ley 99 De 19583El Comité Nacional De Meteorología E Hidrología Elaborará Su Propio Reglamento De Trabajo Y Sus Miembros No Percibirán Remuneración Especial Por Sus Servicios4El Comité Nacional De Meteorología E Hidrología Funcionará En Bogotá Adscrito Al Instituto De Aprovechamiento De Aguas Y Fomento Eléctrico, Entidad Que Atenderá A Los Gastos Que Ocasione El Funcionamiento De La Secretaría Del Comité5El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición, Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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