DecretoVigente
Decreto 1023 de 1934
Por el cual se reglamentan los artículos 67 y 68 de la ley 31 de 1925
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Los Efectos Del Artículo 67 De La Ley 31 De 1925, Entiéndese Por Usurpador Todo Aquel Que En Alguna Forma Atente Contra Los Derechos Del Propietario De Una Patente De Invención O De Una Marca O Modelo Registrados, Sea Que Aparezca Como Dueño O Como Mero Tenedor Del Objeto O Artículo Mediante El Cual Se Efectúe La Usurpación2Dictada La Resolución Posesoria De Amparo De Que Trata El Artículo 68 De La Ley Citada, No Podrán Usarse, Ni Ser Objeto De Comercio Ni De Explotación Industrial De Ninguna Especie, Los Artículos Sobre Los Cuales Verse La Providencia De Amparo
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