DecretoVigente
Decreto 1833 de 1974
Por el cual se reestructura la Comisión Redactora de un anteproyecto de Código de Procedimiento Penal
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Comisión A Que Se Refiere El Decreto 1011 De 30 De Mayo De 1974, Quedará Integrada Así: Jorge Enrique Gutiérrez Anzola, Bernardo Gaitán Mahecha, Luis Eduardo Mesa Velásquez, Luis Carlos Pérez, Rafael Poveda Alfonso, Alfonso Reyes Echandia, Luis Enrique Romero Soto, Rómulo Perdomo Medina Y Augusto Arbeláez Gómez2La Comisión Tendrá Seis Meses De Plazo Para Entregar Al Ministerio De Justicia El Anteproyecto De Código De Procedimiento Penal, Así Como Su Exposición De Motivos, Las Actas Y Los Demás Documentos Que Expliquen Su Contenido Y Alcances3El Secretario De La Comisión Entregará Mensualmente A La Oficina De Investigaciones Socio-Jurídicas Y De Prevención Del Delito De: Ministerio De Justicia Las Actas De Las Sesiones Debidamente Corregidas4El Ministerio De Justicia, Por Conducto Del Jefe De Su Oficina De Investigaciones Soco-Jurídicas Y De Prevención Del Delito, Coordinará La Prestación De Los Servicios De Grabación, Biblioteca, Documentación, Estadística E Investigación Que La Comisión Requiera Para El Cumplimiento De Su Obligación5El Ministerio De Justicia Reconocerá A Cada Uno De Los Miembros De La Comisión Y Al Secretario, A Titulo De Honorarios Por Su Asistencia A Cada Sesión, La Suma De Doscientos Cincuenta Pesos ($ 2506Los Gastos Que Demande El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Pagarán Con Imputación Al Capítulo 120, Artículo 1254 Del Presupuesto De La Actual Vigencia7Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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