Articulo 4° El Ministerio de Justicia, por conducto del Jefe de su Oficina de Investigaciones Soco-Jurídicas y de Prevención del Delito, coordinará la prestación de los servicios de grabación, biblioteca, documentación, estadística e investigación que la Comisión requiera para el cumplimiento de su obligación.
Decreto 1833 de 1974 →Vigente
Artículo 4
El Ministerio De Justicia, Por Conducto Del Jefe De Su Oficina De Investigaciones Soco-Jurídicas Y De Prevención Del Delito, Coordinará La Prestación De Los Servicios De Grabación, Biblioteca, Documentación, Estadística E Investigación Que La Comisión Requiera Para El Cumplimiento De Su Obligación
Decreto 1833 de 1974 · Por el cual se reestructura la Comisión Redactora de un anteproyecto de Código de Procedimiento Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.