DecretoVigencia En Estudio
Decreto 270 de 1958
por el cual se autoriza a los Municipios de Honda y La Dorada para establecer una sobretasa al Impuesto Predial.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorizase A Los Municipios De Honda Y La Dorada Para Establecer Una Sobretasa Al Impuesto Predial, Equivalente Al Tres Por Ciento (3%) Sobre El Avaluó De Las Propiedades Urbanas Y Del Uno Por Ciento (1%), Sobre, El Avalúo De Las Propiedades Rurales, Con El Objeto De Que Puedan Atender A La Financiación Del Aporté Municipal En La Construcción De Los Nuevos, Acueductos De Dichas Ciudades2La Sobretasa A Que Se Refiere El Artículo Anterior Sólo Podrá Cobrarse, Por Una Sola Vez A Los Propietarios Particulares Qué Figuren En Las Listas De Catastro De Los Respectivos Distritos En 31 De Julio De 1958, Y Será Pagada En Cuotas Dentro De Un Lapso No Menor De Tres (3) Años Ni Mayor De Cinco (5) Años3Autorizase Igualmente A Los Municipios De Honda Y La Dorada Para Garantizar, Con El Producto Del Impuesto A Que Se Refiere El Artículo 1° De Este Decreto, Cualquiera Operación De Crédito Que Realicen Para La Financiación De Las Obras De Sus Nuevos Acueductos4El Presente Decreto Rige, Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gabriel Paris GPresidente de la República · encargado
- Mayor General Pioquinto RengifoEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Rodrigo Noguera LabordeEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Alfonso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Pública
- Harold EderEl Ministro de Fomento
- Julio Cesar Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación Nacional
- Brigadier General Alfonso Ahumada RuizEl Ministro de Comunicaciones
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras Públicas