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DecretoVigencia En Estudio

Decreto 973 de 1955

Por el cual se fija el aporte nacional para el desarrollo de la V Vuelta a Colombia en Bicicleta

4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1Los Gastos Que Ocasione La Celebración Del Evento Deportivo Denominado Vuelta A Colombia En Bicicleta, Serán Atendidos, A Partir Del Presente Año, Con Cargo A Las Apropiaciones Que Se Liquiden En Cada Vigencia Fiscal, Para Cubrir Las Erogaciones De La ''sección De Deportes" De La División De Extensión Cultural Del Ministerio De Educación Nacional, Quedando Facultado El Gobierno Para Fijar Anualmente Por Decreto Ejecutivo La Cuantía De La Partida Qué Haya De Invertirse En La Mencionada Competencia Deportiva2Para El Presente Año, De La Apropiación Hecha En El Capítulo 104, Artículo 1973 Del Presupuesto Nacional Vigente, "para Competencias Nacionales E Internacionales", Destínase Hasta La Suma De Cien Mil Pesos ($ 1003La Suma De Que Trata El Artículo Anterior Se Entregará Al Tesorero De La Asociación Colombiana De Ciclismo, Previas Las Formalidades Legales, Y Su Manejo E Inversión Estarán A Cargo Del Mismo Tesorero, Quien Deberá Rendir Las Cuentas Dentro De Los 30 Días Siguientes A La Terminación De La Prueba, A La Sección Respectiva De La Contraloría General De La República Y Al Ministerio De Educación Nacional4Los Comprobantes De Gastos Y Demás Documentos Relacionados Con El Movimiento De La Partida Aquí Asignada, Llevarán El Visto Bueno Del Funcionario Que Por Resolución Designe El Ministerio De Educación Nacional, Y En Caso De Registrarse Balance Con Saldos Favorables, Los Dineros Se Reintegrarán Al Mismo Capítulo 104, Artículo 1973 Del Presupuesto Vigente
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