Micelio
DecretoVigente

Decreto 97 de 1996

por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 6 de 1991, sobre la especialidad médica de Anestesiología.

9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1: Del Concepto2: Del Ejercicio De La Anestesiología3: De La Práctica De Procedimientos Anestésicos Por Médicos No Especializados: Los Médicos No Especializados En Anestesia Y Reanimación, Solo Podrán Practicar Procedimientos Anestésicos En Los Casos De Urgencia, Y En Aquellos Casos No Remisibles Debido A La Condición Clínica Del Paciente O A Limitaciones De Acceso Geográfico, Pero Siempre Que Medie La Ausencia De Un Médico Especializado En Anestesia Y Reanimación4: De La Prohibición De Suministrar La Anestesia Y Realizar El Procedimiento Quirúrgico: Prohíbese Aplicar Anestesia Y Llevar A Cabo Intervenciones Quirúrgicas Por Parte Del Mismo Médico En Forma Simultánea, Salvo En Los Casos De Urgencia Atendidos En Instituciones Hospitalarias Que Dispongan De Un Solo Profesional De La Medicina5: De La Observancia De Las Medidas De Seguridad Para La Práctica De Procedimientos Anestésicos: En Los Casos Previstos En Los Artículos 4º6: De Las Definiciones: A) Urgencia7: De La Ampliación Del Término Para Acreditar La Calidad De Médico Especializado En Anestesiología Y Reanimación: Los Médicos Que Ejercían Como Anestesistas Antes Del 16 De Enero De 1991, Y Que A La Presente Fecha No Hayan Obtenido El Título De Especialistas En Anestesiología Y Reanimación, Deberán Acreditar Académicamente Dicha Calidad, Máximo Dentro De Los Cinco (5) Años Siguientes Contados A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Para Poder Continuar Desempeñándose Como Tal8: Inspección, Vigilancia Y Control: Sin Perjuicio De La Competencia De La Superintendencia Nacional De Salud, Las Direcciones Seccionales, Distritales Y Municipales De Salud, Así Como El Comité Nacional Del Ejercicio De La Anestesiología En Colombia Creado Por La Ley 6 De 1991 Y Los Comités Seccionales, Velarán Por El Estricto Cumplimiento De Las Normas Contenidas En El Presente Decreto Y Las Previstas En El Sistema Obligatorio De Mejoramiento Y Garantía De Calidad De La Atención En Salud9: De La Vigencia: El Presente Decreto Regirá A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Normas Que Le Sean Contrarias, Publíquese Y Cúmplase Dado En Santafé De Bogotá, D
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