DecretoVigente
Decreto 960 de 1942
Por el cual se adiciona el Decreto número 1661 de 1933
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase La Expedición De Patentes Y Licencias Para Tripulantes De Embarcaciones Sin Proposición Propia O Accionadas Motores De Explosión Y Combustión Interna, Menores De Doscientas Cincuenta Toneladas De Capacidad Total De Registro Más Renxolcadora, Mediante El Lleno De Los Requisitos Exigidos Por El Decreto Número 1661 De 1933, Y En Formato Especial Que Las Distinga De Los Mismos Documentos Que Se Han Expedida Hasta La Fecha, Sin Limitación Alguna De La Capacidad Y De Las Características De Propulsión De Las Embarcaciones2El Ministerio De Obras Públicas, Por Medio De Resoluciones, Reglamentará Especialmente Todo Lo Relativo A La Expedición De Estas Patentes Y Licencias, Pero En Ningún Caso El Número Que De Ellas Se Explida Será Mayor Del Necesario Para Tripular- Las Embarcaciones En Explotación, Más Un Veinte Por Ciento (20 % ) Como Reserva Para Casos Eventuales
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