Micelio

Artículo 1

Autorízase La Expedición De Patentes Y Licencias Para Tripulantes De Embarcaciones Sin Proposición Propia O Accionadas Motores De Explosión Y Combustión Interna, Menores De Doscientas Cincuenta Toneladas De Capacidad Total De Registro Más Renxolcadora, Mediante El Lleno De Los Requisitos Exigidos Por El Decreto Número 1661 De 1933, Y En Formato Especial Que Las Distinga De Los Mismos Documentos Que Se Han Expedida Hasta La Fecha, Sin Limitación Alguna De La Capacidad Y De Las Características De Propulsión De Las Embarcaciones

Decreto 960 de 1942 · Por el cual se adiciona el Decreto número 1661 de 1933

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase la expedición de patentes y licencias para tripulantes de embarcaciones sin proposición propia o accionadas motores de explosión y combustión interna, menores de doscientas cincuenta toneladas de capacidad total de registro más renxolcadora, mediante el lleno de los requisitos exigidos por el Decreto número 1661 de 1933, y en formato especial que las distinga de los mismos documentos que se han expedida hasta la fecha, sin limitación alguna de la capacidad y de las características de propulsión de las embarcaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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