DecretoVigente
Decreto 908 de 1940
Por el cual se fijan las condiciones sobre fabricación de calzado para las escuelas públicas, en la Penitenciaría Central de Bogotá
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Por El Ministerio De Educación Se Proveerá Al Departamento De Prisiones Del Ministerio De Gobierno, De Los Elementos Necesarios En Cantidad Suficiente Para Elaborar Mensualmente Basta Dos Mil (22Para Efectos Del Control En El Funcionamiento De La Fábrica, De La Rendición De Cuentas, De Los Pedidos De Materiales A La Sección De Provisiones Del Gobierno Nacional Y Para Velar Por La Conservación Del Equipo, El Director De La Sección Del Ministerio De Educación Queda Facultado Para Intervenir En Todas Estas Operaciones3Serán De Cargo Del Ministerio De Educación Los Siguientes Gastos: El Pago Del Sueldo Del Director De La Fábrica De Zapatería, Los De Un Contador Almacenista, Un Maestro Cortador, Un Maestro Guarnecedor Y Un Maestro Montador; El Pago De La Energía Eléctrica (Luz, Fuerza Y Calor), Y Para Este Fin El Ministerio De Educación, Por Medio Del Departamento De Provisiones, Solicitará De Las Empresas Unidas De Energía Eléctrica La Instalación De Un Contador4Por Cada Par De Zapatos Terminados Que Se Entregue Al Almacenista Del Ministerio De Educación Para El Uso Que En Este Mismo Decreto Se Expresa, Se Le Pagarán Al Director De La Penitenciaría $ 05Por El Ministerio De Gobierno Se Tomarán Las Medidas Del Caso Para El Fiel Cumplimiento De Las Prescripciones De Este Decreto, Especialmente Para Que Todo El Calzado Que Se Elabore En 1a Penitenciaría Central, En El Equipo Cedido Por El Ministerio De Educación, Sea Para El Uso De La Población Escolar Del País, Y Lo Mismo, Que Los Materiales Que El Ministerio De Educación Entregue Se Empleen Exclusivamente En La Fabricación Del Calzado Para Los Niños De Las Escuelas6El Director De La Sección 9° Del Ministerio De Educación Reglamentará, De Acuerdo Con El Director De La Penitenciaría Central, La Manera Como Ha De Funcionar La Fábrica
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