DecretoDerogado
Decreto 906 de 1921
Por el cual se adiciona el Decreto 517 de 1913, sobre auxilio prudencial y el artículo 25 del 784 de 1912, sobre pensión vitalicia en la Policía Nacional
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Auxilio Prudencial De Que Trata El Decreto 517, De 2 De Junio De 1913, Con La Modificación Del Artículo 1° Del Decreto 1184 De 10 De Junio De 1919 Puede También Tener Lugar Cuando Se Esté En Expectativa De La Segunda O Siguientes Recompensas Ordinarias Y Su Cuantía Será Proporcional A La Suma Que Habría Correspondido Si Se Hubiera Servido El Tiempo Necesario Para Obtener La Respectiva Recompensa Ordinaria2El Empleado De La Policía Nacional A Quien Se Conceda La Pensión Vitalicia De Que Trata El Artículo 25 Del Decreto 784 De 1912, Puede Continuar En El Cuerpo Pero Al Hacerlo Se Entiende Que Renuncia A Toda Nueva Recompensa O Auxilio Que Por Razón De Tiempo De Servicio Pudiera Recibir En Los Sucesivo De La Misma Caja De Compensación
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