DecretoDerogado
Decreto 886 de 1923
Por el cual se reglamenta el artículo 16 de la Ley 26 de 1916
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Serán Desempeñados Por Los Militares Los Siguientes Puestos: Jefe Del Departamento General De Guerra, Junto Con Sus Respectivos Jefes De Sección Y Adjuntos; Jefe Del Departamento De Personal, Junto Con Sus Respectivos Jefes De Sección Y Adjuntos; Jefe Y Subjefe De La Sección Ii Del Departamento Central; Jefe De La Sección De Remonta (Oficial De Caballería) Jefe De La Sección De Justicia Y Recompensas, Y Archiveros Del Ejército Y Del Ministerio2Serán Desempeñados Por Civiles Los Siguientes Empleos: Jefe De La Sección De Sanidad3Todos Los Demás Empleos Del Ministerio De Guerra Podrán Ser Desempeñados Por Militares O Por Civiles, A Voluntad Del Gobierno
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