Micelio

Artículo 3

Todos Los Demás Empleos Del Ministerio De Guerra Podrán Ser Desempeñados Por Militares O Por Civiles, A Voluntad Del Gobierno

Decreto 886 de 1923 · Por el cual se reglamenta el artículo 16 de la Ley 26 de 1916

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Todos los demás empleos del Ministerio de Guerra podrán ser desempeñados por militares o por civiles, a voluntad del Gobierno. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 886 de 1923