DecretoVigente
Decreto 881 de 2007
por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 840 del Estatuto Tributario.
14artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adjudicación De Bienes A Favor De La Nación2Competencia3Efectos De La Adjudicación De Bienes A Favor De La Nación4Artículo 45Información Del Área De Cobranzas Para El Concepto Técnico Sobre La Viabilidad De La Adjudicación6Concepto Técnico Sobre La Viabilidad De La Adjudicación7Expedición Del Acto Administrativo De Adjudicación A Favor De La Nación8Monto Por El Cual Se Reciben Los Bienes Adjudicados A Favor De La Nación Y Aplicación A Las Obligaciones Del Proceso9Fecha De Pago De Las Obligaciones Canceladas Con Bienes Adjudicados A Favor De La Nación10Tratamiento De Los Remanentes11Entrega Y Recepción De Los Bienes Objeto De Adjudicación A Favor De La Nación12Gastos De Administración Y Disposición De Los Bienes Adjudicados A Favor De La Nación13Trámite En Caso De No Procedencia De La Adjudicación A Favor De La Nación14Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 840 del Estatuto Tributario
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público