Decreto
Decreto 801 de 1992
Por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional para los miembros del Congreso de la República
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Asignación Mensual De Los Miembros Del Congreso De La República Será Un Millón Ochocientos Mil Pesos ($ 12Los Miembros Del Congreso Tendrán Derecho A Percibir Una Prima De Localización Y Vivienda Mensual, Equivalente A Setecientos Mil Pesos ($ 7003Los Miembros Del Congreso De La República Que Contraigan Crédito Con Entidades Bancarias Para La Adquisición De Vehículos De Uso Particular Hasta Por Quince Millones De Pesos ($154Los Miembros Del Congreso Tendrán Derecho Al Reconocimiento Y Pago Mensual De Una Prima De Salud, Equivalente Al Diez Por Ciento (10%) De La Asignación Establecida En El Artículo 1o5Artículo 56Artículo 6
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