DecretoDerogado
Decreto 780 de 1984
Por el cual se da cumplimiento a unos compromisos contraídos por Colombia en el marco de la ALADI
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 3º Del Decreto 1733 Del 21 De Junio De 1983 Quedará Así: "artículo 3,) La Importación De Los Siguientes Productos Originarios Y Procedentes De Chile, Pagarán Los Gravámenes Ad-Valorem Que A Continuación Se Indican: Nabalale Descripción Gravamen % 072º3El Artículo 7º Del Decreto 1733 De 1983, Quedará Así: "las Importaciones Que Se Efectúen Al Amparado De Este Decreto Estarán Sujetas, Así Mismo Al Pago Del 24El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición