DecretoVigente
Decreto 580 de 1933
Por el cual se modifican y complementan los Decretos 361, 406 y 508 del presente año, y se suspenden otras disposiciones
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Exímense Del Pago De La Cuota Militar Establecida Por El Decreto 361 De 21 De Febrero Del Corriente Año Los Jornales, Salarios, Sueldos Y Pensiones Que No Excedan De $30 Mensuales, Para Aquellas Personas Que No Tengan Otro Capital Ni Otra Renta De Qué Subsistir2En La Exención De Que Trata El Artículo 20 Del Decreto 406 De 25 De Febrero De Este Año, Queda Comprendido El Personal De La Policía De Los Departamentos, Municipios, Intendencias Y Comisarias3Las Disposiciones De Los Artículos 1° Y 2° Del Decreto 508 De 1933, Serán Aplicables A Los Empleados Al Servicio De Empresas Particulares4Suspéndese Hasta El 31 De Diciembre Del Año En Curso, Sin Recargos, El Cobro De La Cuota De Defensa Nacional De Que Tratan Las Disposiciones Vigentes5No Habrá Lugar A Devolución De Las Sumas Que Hayan Pagado Hasta La Fecha Del Presente Decreto Los Individuos Comprendidos En Las Anteriores Disposiciones6Este Decreto Regirá Desde La Fecha
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Enrique Olaya HerreraPresidente de la República
- Agustín Morales OlayaEl Ministro de Gobierno
- R. Urdaneta ArbelaezEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Esteban JaramilloEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Carlos Uribe GaviriaEl Ministro de Guerra
- Francisco José ChauxEl Ministro de Industrias
- Julio Carrizosa VEl Ministro de Educación Nacional
- Alberto PumarejoEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Alfonso AraujoEl Ministro de Obras Públicas