° Suspéndese hasta el 31 de diciembre del año en curso, sin recargos, el cobro de la cuota de defensa nacional de que tratan las disposiciones vigentes.
Decreto 580 de 1933 →Vigente
Artículo 4
Suspéndese Hasta El 31 De Diciembre Del Año En Curso, Sin Recargos, El Cobro De La Cuota De Defensa Nacional De Que Tratan Las Disposiciones Vigentes
Decreto 580 de 1933 · Por el cual se modifican y complementan los Decretos 361, 406 y 508 del presente año, y se suspenden otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.