DecretoVigente
Decreto 513 de 1922
Por el cual se adiciona y reforma el número 1667 de 1919
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Ampliase La Facultad Concedida Al Ministerio De Guerra Para Otorgar La Cruz De Boyacá, En El Sentido De Que Pueda Agraciar Con Ella A Los Ciudadanos Eminentes Y A Los Oficiales De Ejército De Países Extranjeros Que Por Sus Méritos Se Hagan Acreedores A Ello2La Cruz De Boyacá, De Que Trata El Artículo1 Del Decreto Número 1667 De 1919 Tendrá La Forma De Una Cruz De Malta De Cuarenta Y Tres Milímetros De Diámetro, En El Centro En Alto Relieve El Busto Del Libertador, Rodeado De Un Círculo De Esmalte Azul Sobre La Cual Ira Esta Inscripción: Colombia-Centenario De Boyacá3Los Gastos Que Ocasione El Cumplimiento De Este Decreto, Se Imputarán Al Capítulo De Gastos Extraordinarios De La Vigencia Respectiva
03