DecretoDerogado
Decreto 51 de 1996
por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas del orden nacional, directas e indirectas y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
14artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23De La Ley 45 De 1990, En Ningún Caso Podrá Ser Superior Al Ochenta Por Ciento (80%) De La Que Corresponda Al Representante Legal De La Entidad4Artículo 45Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89De La Resolución 018 Del 28 De Diciembre De 1995 Del Consejo Superior De Política Fiscal, Confis, Y De Las Empresas Sociales Del Estado, Se Hará Previo Certificado De Disponibilidad Presupuestal De La Respectiva Empresa Para Cubrir Su Costo Y De Certificado De Viabilidad Presupuestal Expedido Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y Sujeta Al Concepto Técnico Del Departamento Administrativo De La Función Pública10De La Resolución 018 Del 28 De Diciembre De 1995 Del Consejo Superior De Política Fiscal, Confis, Y De Las Empresas Sociales Del Estado, Deberá Acompañarse De Los Siguientes Documentos: A) Exposición De Motivos O Justificación Técnica; B) Certificación De Viabilidad Presupuestal Expedida Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público; C) Copia De Los Estatutos De La Empresa; D) Copia De La Estructura Administrativa Interna; E) Proyecto De Planta De Personal; F) Manual De Funciones Y Requisitos11Artículo 1112Del Decreto, 1045 De 1978 Y Para Las Prestaciones Allí Previstas13De La Ley 4a14Artículo 14
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a. de 1992 Publíque se y cúmplase
- Juan Carlos Esguerra PortocarreroEl Ministro de Defensa Nacional
- Néstor Martínez NeiraEl Ministro de Justicia y del Derecho
- Augusto Galán SarmientoEl Ministro de Salud
- Gustavo Castro GuerreroEl Ministro de Agricultura
- Rodrigo Marín BernalEl Ministro de Desarrollo Económico
- Rodrigo Villamizar AlvargonzálezEl Ministro de Minas y Energía
- María Sol Navia VelascoLa Ministra de Trabajo y Seguridad Social
- Armando Benedetti JimenoEl Ministro de Comunicaciones
- Juan Gómez MartínezEl Ministro de Transporte
- Santiago Herrera AguileraEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Carlos Enrique RuizEl Viceministro de Formación Básica del Ministerio de Educación Nacional, encargado de las funciones del despacho de la Ministra de Educación Nacional · encargado
- Eduardo González MontoyaEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública