DecretoVigente
Decreto 507 de 1958
por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se fijan unas asignaciones en la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, y en las AdMinistraciones y Recaudaciones de Hacienda. Nacional.
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0arts. con control
0sentencias
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1° De Abril De 1958 Suprímense Los Siguientes Cargos En La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales, Y En Las Administraciones Y Recaudaciones De Hacienda Nacional: Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales2A Partir Del Primero (1°) De Abril De 1958, Créanse Los Siguientes Cargos En La Jefatura De Rentas Y En Las Administraciones Y Recaudaciones De Hacienda Nacional: Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales3A Partir Del Primero (1°) De Abril De 1958, Los Siguientes Cargos Tendrán Las Asignaciones Que Se Indican A Continuación: Administración De Hacienda Nacional De Antioquia4El Administrador De Aduana De San Andrés (Islas), Ejercerá Las Funciones Inherentes Al Cargo De Administrador De Hacienda Nacional5El Visitador De Recaudaciones De La Administración De Hacienda Nacional Del Atlántico Tendrá, Además, Las Funciones De Visitador Local De La Sección Tercera De La Misma Administración6Las Asignaciones Fijadas En El Presente Decreto No Quedan Cobijadas Con El Aumento De Que Trata El Decreto Número 0119 Del 21 De Junio De 19577El Presente Decreto Empezará A Regir El 1° De Abril Del Presente Año
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