DecretoVigente
Decreto 486 de 1964
Por el cual se aprueba un acuerdo del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
4Del Decreto Legislativo 3850 De 1949 El Instituto Colombiano De Seguros Sociales Ha Venido Cumpliendo Las Funciones De La Caja Seccional De Los Seguros Sociales De Cundinamarca Y, En Tal Virtud, Administrando El Seguro De Enfermedad No Profesional Y Maternidad En El Distrito Especial De Bogotá Y En El Municipio De Soacha; 2º1El Instituto Llamará A Inscripción En El Seguro Social A Las Empresas Y Trabajadores De Las Actividades O Regiones Situadas En Jurisdicción Del Departamento De Cundinamarca Que Actualmente No Estén Afiliados2El Director General Del Instituto, Por Medio De Resolución, Determinará La Fecha En Que Deba Inscribirse Las Empresas Y Trabajadores De Determinadas Actividades Y Regiones En El Seguro Social, Las Fechas De Iniciación De Servicios Y Los Períodos De Cotizaciones Previas3Este Acuerdo Necesita Para Su Validez, De La Aprobación Del Señor Presidente De La República5Artículo 5
03