DecretoVigente
Decreto 43 de 1957
Por el cual se modifica la Junta Directiva de la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Junta Directiva De La Corporación De Defensa De Productos Agrícolas Estará Constituida En La Siguiente Forma: A) El Ministro De Agricultura, Quien Será Su Presidente; B) Dos Miembros Designados Por El Presidente De La Republica; C) El Gerente De La Federación Nacional De Cafeteros; D) El General Del Banco De La Republica; E) El Gerente De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero2La Junta Directiva De Cada Una De Las Entidades Indicadas En Los Ordinales C) A E) Del Artículo Anterior, Podrá Designar Un Delegado Permanente En Reemplazo Del Correspondiente Gerente3° La Corporación De Defensa De Productos Agrícolas Procederá A Reformar Los Estatutos Para Ajustarlos A Las Disposiciones Del Presente Decreto, Y Someterá La Reforma A La Aprobación Del Gobierno Nacional4Este Decreto Regirá Desde La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo, Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- José Enrique Arboleda ValenciaEl Ministro de Gobierno
- José Manuel Rivas SacconiEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Carlos GiraldoEl Ministro de Justicia
- Luis Morales GómezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mayor General, Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Jesús María AriasEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Carlos Arturo Torres PovedaEl Ministro del Trabajo
- Carlos Márquez VillegasEl Ministro de Salud Pública
- Teniente Coronel Mariano Ospina NaviaEl Ministro de Fomento
- Francisco Puyana MéndezEl Ministro de Minas y Petróleos
- Josefina Valencia De HubachaEl Ministro de Educación
- Mayor General, Pedro A. MuñozEl Ministro De Comunicaciones
- Contraalmirante, Rubén PiedrahitaEl Ministro de Obras Públicas