DecretoVigente
Decreto 428 de 1957
Por el cual se distribuye parte de la apropiación global para el sostenimiento y dotación de los Hospitales del país
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 13050Del Presupuesto Nacional Para Gastos De La Actual Vigencia, "para Auxilios Destinados Al Sostenimiento Y Dotación De Los Hospitales Del País, Dentro Del Plan De Asistencia Pública Y Hospitalaria Nacional Que Complementa Las Campañas Sanitarias, Según Decreto Legislativo Número 2554 De 1950, Inclusive $ 502Artículo 23Artículo 34Artículo 4
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