Micelio

Artículo 1

Decreto 428 de 1957 · Por el cual se distribuye parte de la apropiación global para el sostenimiento y dotación de los Hospitales del país

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la partida global apropiada en el Capitulo 286, artículo 3050 del Presupuesto Nacional para gastos de la actual vigencia, "para auxilios destinados al sostenimiento y dotación de los Hospitales del país, dentro del Plan de Asistencia Pública y Hospitalaria Nacional que complementa las Campañas Sanitarias, según Decreto legislativo número 2554 de 1950, inclusive $ 50.000.00 para la Clínica de Maternidad "Luz Castro de Gutiérrez", de Medellín (Departamento de Antioquia), $ 26.000.00; para el Hospital "San Rafael", de Guayatá, $ 24.000.00; para el Asilo de Ancianos de Tunja (Departamento de Boyacá), suma que será distribuida por el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año", hácese la siguiente distribución:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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