DecretoVigente
Decreto 412 de 1994
por el cual se introducen algunas modificaciones al Arancel de Aduanas.
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Modificar El Texto De La Partida 872º Modificar El Texto De Las Subpartidas 873º4º Crear Las Siguientes Subpartidas, Con El Texto Y Gravamen Ad Valórem, Que A Continuación Se Indican: 875º Fijar Los Siguientes Gravámenes Arancelarios Para Las Subpartidas Que A Continuación Se Indican: Subpartidas Gravamen % 526º Suprimir La Nota Legal 3 Del Capítulo 87, Y Renumerar Como 3 Y 4 Las Actuales Notas 4 Y 57º Adicionar La Nota Legal 2 Del Capítulo 98, En La Siguiente Forma: "se Entiende Como Material Ckd Para Efectos De Las Partidas 988º Suprimir La Nota Legal 3 Del Capítulo 98 Y Renumerar Como 3 Y 4 Las Actuales Notas 4 Y 59º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, conforme a lo previsto en las Leyes 6º de 1971 y 7º de 1991, oído el Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior, previo el concepto del Consejo Nacional de Política Fiscal y del Consejo Superior de Comercio Exterior
- Héctor José Cadena CEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Mauricio Cárdenas SEl Ministro de Desarrollo Económico
- Juan Manuel Santos CEl Ministro de Comercio Exterior